Mascotas

Generali Colombia

SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL - PROTECCIÓN MASCOTAS

CONDICIONES PROPUESTAS:

Esta sección define los límites de Coberturas en caso de Asistencia:




VALORES AGREGADOS:

No tenemos limitación en tipo de raza. o Costo Preferencial

Edad mínima de ingreso 3 meses y máximo 12 años de edad.


PRIMA ANUAL:

Prima anual sin IVA $185.000, por cada mascota


SERVICIOS ADICIONALES:

  • Contamos con proveedor exclusivo para el servicio de asistencias.
  • Acuerdos de nivel de servicio con 98% Nivel de Atención y 95% de los llamados atendidos antes de 15 segundos por personal capacitado en resolver emergencias.
  • Grabación 100% de llamadas en distintos formatos, disponibilidad online/ofline.
  • Sistema de IVR interactivo con opción de derivación (reproducción mensajes personalizados, encuestas de calidad, etc.).
  • Monitoreo telefónico desde el inicio hasta el final del servicio con el usuario.
  • Certificado ISO 9001:2008 Sistema Gestión de Calidad en “Atención telefónica ante la solicitud de servicios de asistencia”.
  • Control de Calidad a las 24 horas de producido el servicio.
  • Encuesta de satisfacción al 100% de los servicios prestados.
  • Reporte de Calidad al Cliente por el tipo de servicio brindado a los usuarios mensualmente. o Servicio a Nivel Nacional.
  • Profesionales Calificados para los servicios descritos.

CONDICIONES PARTICULARES:

Términos y condiciones se regirán de acuerdo con el clausulado establecido por la Compañía.

  1. REPORTE DE NOVEDADES:
  2. Diariamente se realizara el reporte de pólizas vendidas.
  3. VIGENCIA DEL SEGURO:
  4. Anual a partir del primer día hábil del siguiente mes.
  5. PLAZO PARA EL PAGO DE LAS PRIMAS:
  6. Los primeros cinco (5) días del mes siguiente al corte del mes inmediatamente anterior.
    Contamos con dos planes de pagos CONTADO y PAGO MENSUAL CON VIGENCIA CERRADA – si toman pólizas individuales el pago será de CONTADO.
  7. VIGENCIA DE ESTA COTIZACIÓN:
  8. Treinta (30) días contados a partir de la fecha de elaboración

La Compañía asumirá el riesgo, en los términos propuestos, a partir de la hora 24 del día en que se comunique de manera escrita la aceptación de esta cotización, siempre y cuando ésta se produzca antes de la fecha y hora indicadas.

Para la expedición de las pólizas se requiere la siguiente información :

A. Nombres del propietario de la Mascota:
B. Apellidos:
C. Tipo de documento:
D. Documento:
E. Teléfono 1: Nº
F. Teléfono 2: Nº
G. Fecha inicio póliza:
H. Fecha fin póliza:
I. Mascota (indicar si es Perro o Gato):
J. Nombre de la Mascota:
K. Raza Mascota:
L. Edad Mascota:
M. Fecha de Nacimiento
N. Color Mascota:
O. Ciudad:


ASISTENCIA MASCOTAS

ORIENTACIÓN MÉDICA VETERINARIA TELEFÓNICA

A través del número telefónico del servicio que se indicara en la solicitud, el afiliado tendrá acceso a información sobre el cuidado de la mascota amparada. contando con la atención telefónica directa de un veterinario el cual orientará en las conductas provisionales que se deben asumir mientras se hace contacto profesional veterinario - mascota.


Podrá hacer las consultas necesarias sobre:

  • Molestias, síntomas y enfermedades de la mascota amparada.
  • Primeros auxilios en caso de emergencia por accidente o enfermedad de la mascota amparada.
  • Manejo y cuidado en caso de viaje de la mascota.
  • El proveedor de asistencia no se hace responsable por sucesos posteriores a la asesoría telefónica ya que se entiende que es un servicio de medios y no de resultado por ende no se puede garantizar el resultado final seguido de la consulta telefónica.

El tiempo máximo por llamada sera de 15 minutos.

CONSULTA MÉDICA VETERINARIA A DOMICILIO Y/O RED DE VETERINARIAS POR EMERGENCIA

En caso de accidente o enfermedad súbita de la mascota ocurrida durante la vigencia de la asistencia y que sea considerada como una urgencia, en los términos y condiciones descritos en el presente documento, el proveedor especialistas en asistencias prestara el servicio de consulta veterinaria, en domicilio y/o en red veterinaria.
Dentro de esta cobertura no se encuentra incluido ningún tratamiento, examen, medicamento, cirugía y/o procedimientos derivados del servicio.
Para acceder a esta asistencia la mascota debe estar al día en vacunas.


EXCLUSIONES DEL SERVICIO MEDICO VETERINARIO

Además de las exclusiones mencionadas, se excluye de la cobertura denominada “servicio médico veterinario” las reclamaciones por tratamientos, exámenes, medicamentos, cirugías y/o procedimientos derivados del servicio.
la asistencia se prestará por dos (2) eventos al año con un límite de cobertura máximo de catorce (14) SMDLV.


VACUNACIÓN EN RED VETERINARIA

El proveedor prestara el servicio de asistencia de vacunación a la mascota vinculada, en red veterinaria, incluyendo costo de la vacuna.
Este servicio solo aplica para vacunas de refuerzo.
Esta asistencia solo será prestada para mascotas mayores de un año y menores de nueve años y que cuenten con un carnet de vacunas al día.
Los servicios están sujetos a previa evaluación y autorización del médico veterinario del
Call center del proveedor de asistencia.
La asistencia se prestará por un (1) evento al año con un límite de cobertura máximo de ocho (8) SMDLV.


TRASLADO DE LA MASCOTA POR EMERGENCIA:

Accidente o enfermedad, y traslado de la mascota por necesidad del afiliado, se prestaran en bolsa por un máximo de dos (2) eventos al año con un límite de cobertura máximo de catorce (14) SMDLV, y se podrán utilizar en una misma cobertura o en dos diferentes coberturas, sin exceder el total de eventos al año.


TRASLADO DE LA MASCOTA POR EMERGENCIA: ACCIDENTE O ENFERMEDAD:

Si por consecuencia de un accidente o de una enfermedad súbita se requiere traslado de emergencia para la mascota a un centro de atención; el proveedor de asistencia coordinará y hará seguimiento hasta el arribo de la unidad móvil para trasladar a la mascota. Este servicio se prestará en la ciudad de residencia de la mascota, a nivel nacional dentro del perímetro urbano de ciudades capitales.

Para acceder a esta asistencia la mascota deberá contar con carnet de vacunas al día y que la mascota no haya sido operada o intervenida quirúrgicamente los 2 últimos meses, y que la urgencia no esté relacionada con patologías preexistentes.


TRASLADO DE LA MASCOTA POR NECESIDAD DEL AFILIADO:

Si a consecuencia de una situación de fuerza mayor o caso fortuito la mascota requiera ser traslada a una guardería. el proveedor de asistencia coordinará y hará seguimiento hasta el arribo de la unidad móvil para trasladar a la mascota.
Para acceder a esta asistencia la mascota deberá contar con carnet de vacunas al día, y haber coordinado el cuidado de su mascota en la guardería de confianza, asumiendo el costo de la misma.
Este servicio se prestará en la ciudad de residencia de la mascota, a nivel nacional dentro del perímetro urbano de ciudades capitales.

SERVICIO PASEO DE CANINOS EN CASO DE HOSPITALIZACIÓN DEL AFILIADO:

Si el propietario de la mascota se encuentra hospitalizado por un periodo superior a 3 días, el proveedor de asistencia brindará y coordinará él envió hasta su domicilio de un paseador para perros por un máximo de 2 horas. hasta por 5 días.
El responsable de la mascota deberá entregar fotocopia de las vacunas e información sobre aspectos de la condición física y el temperamento del canino.
Este servicio se prestará en el lugar de residencia de la mascota, a nivel nacional dentro del perímetro urbano, en horario hábil de lunes a viernes de 8:00 am a 5:00 pm y sábados de 8:00 AM A 12:00 PM.
El servicio debe ser solicitado con un mínimo de 48 horas de anticipación.
La asistencia se prestará por dos (2) eventos al año con un límite de cobertura máximo de cinco días


ASISTENCIA EXEQUIAL MASCOTAS

REFERENCIA Y COORDINACIÓN CON CEMENTERIOS DE MASCOTAS:
El proveedor en desarrollo de la asistencia, pone a disposición de sus afiliados una red de asistencia funeraria que sera operada por un tercero, el cual asume la obligación en todo caso de suministrar y prestar los servicios que se describen y se definen en el servicio exequial para mascotas.
El proveedor no se hace responsable del servicio exequial que prestan los cementerios, toda vez que el proveedor solo se encargara de referenciar y coordinar el cementerio mas cercano que tenga convenio con la compañía. El proveedor no se hará cargo de ningún tipo de costo que genere esta asistencia. La asistencia se prestará sin limite de eventos y si límite de coberturas.


SERVICIO DE EUTANASIA POR ENFERMEDAD O ACCIDENTE GRAVE:

Se cubre el costo del servicio de eutanasia de la mascota, por accidente o enfermedad grave comprobada.
El proveedor realizará el pago a través de un tercero, que para efectos de esta asistencia en adelante se llamara simplemente el tercero, el cual asume la obligación de suministrar y prestar el servicio de eutanasia, siempre y cuando el propietario de la mascota haya solicitado el servicio y obtenido el visto bueno del tercero.
Esta cobertura no opera por reembolso.
Dichos servicios estarán sujetos a la normatividad legal actual, y solo serán prestados a través de la red de proveedores. en caso contrario no habrá obligación para el proveedor por los servicios tomados directamente por el afiliado.
La asistencia se prestará por un (1) evento al año con un límite de cobertura máximo de catorce (14) SMDLV.


SERVICIO DE CREMACIÓN POR ENFERMEDAD O ACCIDENTE:

Si la mascota muere como resultado de un accidente o enfermedad grave inesperada y comprobada el proveedor prestara servicio de cremación.
Así mismo se deja claro que esta asistencia opera únicamente cuando el afiliado ha solicitado y obtenido el visto bueno de la asistencia a través de la central telefónica autorizada por el proveedor. Se deja establecido que el servicio que prestará el proveedor a través de sus proveedores es de medio y no de resultado, y estará sujeto a las circunstancias de modo, tiempo y lugar.

EXCLUSIONES
- La mascota que tenga menos de tres (3) meses cumplidos al momento del fallecimiento o más de doce (12) años, al momento de ingresar a la asistencia.
- El fallecimiento de la mascota amparada, ocurrido durante el periodo de carencia de la asistencia.

La asistencia se prestará por un (1) evento al año con un límite de cobertura máximo de veintiun (21) SMDLV.


ASISTENCIA ESTÉTICA Y COMPLEMENTARIA

BAÑO Y PELUQUERÍA CANINA DESPUÉS DE ACCIDENTE
En caso de que la mascota afiliada sufra un accidente, ocurrido durante la vigencia de la asistencia, en los términos y condiciones descritos en el presente documento, se pagarán los servicios de baño y peluquería. Este servicio se prestará en la ciudad de residencia del propietario de la mascota, dentro del perímetro urbano, en horario hábil de lunes a viernes de 8:00 am a 5:00 pm y sábados de 8:00 am a 12:00 pm.
El servicio debe ser solicitado con un mínimo de 24 horas sujeto a disponibilidad de horario.
Los costes correspondientes del desplazamiento si llegase a requerir, correrán a cargo del propietario de la mascota. El servicio solamente se prestara a mascotas que cuenten con carnet de vacunas al día y que estén desparasitados en un tiempo no menor a un mes de antelación antes del baño.
La asistencia se prestará por un (1) eventos al año con un límite de cobertura máximo de dos (2) SMDLV.


PROTECCIÓN MASCOTAS

REFERENCIA Y COORDINACIÓN CON SALÓN DE BELLEZA, BOUTIQUES Y CLÍNICAS VETERINARIAS

A petición del propietario de la mascota el proveedor gestionará la búsqueda de salones de belleza, boutiques y clínicas veterinarias cercanos a su perímetro urbano. El servicio debe ser solicitado con un mínimo de 48 horas sujeto a disponibilidad de horario.
Los costes correspondientes a los honorarios de dicho profesional, así como del desplazamiento si llegase a requerir, correrán a cargo del propietario de la mascota.
La asistencia se prestará sin limite de eventos y sin límite de cobertura

AYUDA EN LOCALIZACIÓN POR HURTO O EXTRAVIÓ DE LA MASCOTA: AFICHES, FOLLETOS, FOTOS, ETC

El proveedor asistencia le brindará asistencia en la localización de mascotas extraviadas. Este servicio se prestará en la localidad de residencia del propietario de la mascota, dentro del perímetro urbano.
El proveedor asistencia ayudará en la búsqueda y localización de mascotas perdidas a través de la distribución de folletos, afiches y fotografías en vía pública de la mascota. La asistencia se prestará por un (1) eventos y con un límite de cobertura máximo de dos (2) SMDLV.

ASISTENCIA DE REFERENCIAS – INFOMASCOTAS
REFERENCIA Y COORDINACIÓN DE ADIESTRADOR DE PERROS.

A través de la línea de atención al cliente del call center del proveedor de asistencia, el propietario de la mascota tendrá acceso a información sobre adiestradores profesionales para su mascota.
La asistencia se prestará por eventos ilimitados y sin límite de cobertura.

REFERENCIA Y COORDINACIÓN DE CAMINATAS ECO-RECREATIVAS CANINAS

A través de la línea de atención al cliente del call center del proveedor de asistencia, el propietario de la mascota tendrá acceso a información sobre caminatas eco-recreativas caninas para su mascota.
La asistencia se prestará por eventos ilimitados y sin límite de cobertura.


INFORMACIÓN SOBRE GUARDERÍAS DE MASCOTAS.

A través de la línea de atención al cliente del call center del proveedor de asistencia, el propietario de la mascota tendrá acceso a información sobre guarderías para su mascota. La asistencia se prestará por eventos ilimitados y sin límite de cobertura.

EXCLUSIONES GENERALES PARA LA ASISTENCIA MASCOTAS

Los servicios se prestarán hasta el monto límite de cobertura.
El excedente del monto de cualquier servicio será pagado en forma inmediata por el propietario de la mascota con sus propios recursos al proveedor.

  • Los servicios adicionales que el propietario de la mascota haya contratado directamente con el proveedor, correrán bajo su cuenta y riesgo.
  • Los servicios que el propietario de la mascota haya contratado por su cuenta sin el Previo consentimiento y autorización del proveedor de asistencia.
  • Todo servicio irá hasta los límites y condiciones establecidas en el clausulado.
  • Los fenómenos de la naturaleza de carácter catastrófico tales como inundaciones, terremoto, maremoto, granizo, vientos fuertes, tempestad ciclónicas, caídas de cuerpos siderales.
    Los sublevación,que otros tuviesen rebelión,origen erupciones sedición, fueseunavolcánicas, de motín,guerra, huelga, guerra desorden civil, terrorismo armado, y hechos que alteren la seguridad interior del estado o el orden público.
  • Los gastos veterinarios por enfermedad de la mascota si esta es menor de tres (3) meses o mayor a doce (12) años. como fecha de referencia se tomara la fecha de nacimiento registrada.
  • Ninguna enfermedad infecciosa, que pueda sufrir la mascota amparada si esta no tiene su carnet de vacunación al día.
  • Los gastos veterinarios por enfermedad que sea determinada como preexistente y/o congénita.

  • Enfermedades infecciosas tales como:

  • En perros:
    Distemper, parvovirosis, hepatitis infecciosa canina, parainfluenza, leptospirosis, tos de las perreras, rabia, babesia, erlichia, dirofilaria, brucella, toxoplasma, neospora.

    En gatos:
    - Calicivirus, rinotraqueitis infecciosa felina, panleucopenia felina, leucemia felina, clamydia, peritonitis infecciosa felina, rabia, bartonella, hemobartonella, toxoplasma.
  • Los exámenes y procedimientos que se enuncian a continuación, si no están relacionados con el accidente:
  • TAC, ESCANOGRAFÍA, MELOGRAFÍA, PLASMAFERESIS, TRANSFUSIONES SANGUÍNEAS, PLACAS DE COMPRESIÓN, TORNILLOS ORTOPÉDICOS, PRUEBAS DE LABORATORIO Y MEDICAMENTOS. ENFERMEDADES CONDUCTUALES.
  • Gastos derivados por el incumplimiento de las recomendaciones que impartió el veterinario como necesarias, para el tratamiento de la enfermedad.

PERIODO DE VIGENCIA:

Periodo durante el cual el beneficiario tiene derecho a obtener los servicios de asistencia. comprende desde la fecha de inicio de vigencia hasta la cancelación por cualquier motivo del plan contratado.

PERIODO DE CARENCIA:

Es el tiempo durante el cual, no tienen cobertura los hechos y/o amparos especificados en anexo correspondiente.
GESTIÓN: Es el proceso mediante el cual se obtienen, despliegan y coordinan una variedad de recursos básicos para onseguir determinados objetivos en miras de la consecución de un fin específico.

PAÍS DE RESIDENCIA:

Para fines de estas condiciones generales, el territorio de colombia.- SMDLV: salario mínimo diario legal vigente, es el valor determinado por el gobierno colombiano como tal y que se encuentre vigente al momento del inicio de vigencia.


REFERENCIA:

Información actualizada y fehaciente concerniente a los servicios, que es provista por el proveedor telefónicamente al afiliado a su solicitud.
SERVICIOS: Los servicios de asistencia contemplados en el programa descrito en el presente anexo.


EVENTO:

Cada suceso que implique una emergencia, urgencia o prestación de un servicio de asistencia y por el cual un técnico, empleado, proveedor, profesional, operador del proveedor se presente ante un beneficiario para proceder a la prestación de los servicio de asistencia solicitados.


SITUACIÓN DE ASISTENCIA:

Cuando el beneficiario se encuentre ante una situación que implique una emergencia, urgencia o demanda de asistencia y responda a los términos, características y limitaciones establecidas en el presente anexo, siempre que los mismos hayan tenido lugar durante el periodo de vigencia y en el ámbito territorial de validez.


RESIDENCIA PERMANENTE:

El domicilio habitual del afiliado que para los efectos del presente anexo debe ser en colombia dentro del ámbito de territorialidad definido.
ACCIDENTE: Todo acontecimiento que provoque daños materiales y/o corporales a un beneficiario, causado única y directamente por una causa externa, violenta, fortuita y evidente (excluyendo la enfermedad).


ÁMBITO TERRITORIAL:

El derecho a las prestaciones se extiende a los beneficiarios que se encuentran en el casco urbano con nomenclatura de las ciudades de bogotá, d.c., medellín, cali, barranquilla, bucaramanga, pereira, manizales, armenia, cartagena, santa marta, montería, sincelejo, valledupar, cúcuta, tunja, ibagué, neiva, villavicencio, pasto, popayán, florencia, riohacha, yopal y arauca.


COSTO PREFERENCIAL:

Servicio a cargo del afiliado con las tarifas negociadas por volumen por parte del proveedor con el prestador del servicio.


LA INGESTA DE UN CUERPO EXTRAÑO:

Entendido como un objeto no alimenticio que tras su ingestión ocasiona un proceso patológico con alteraciones en la estructura y/o funcionalidad digestiva, requiriendo tratamiento veterinario y/o cirugía. a efectos de la asistencia no son considerados como cuerpos extraños los tóxicos, los venenos, ni los alimentos o bebidas en mal estado. asimismo, sólo será considerada la ingestión de un cuerpo extraño cuando éste haya sido identificado de forma concluyente por un veterinario mediante pruebas diagnósticas como radiología, ecografía o laparotomía exploratoria, o evidenciado por el mismo tras su expulsión o extracción.


NO SE CONSIDERARÁ COMO ACCIDENTE:

  1. Todo tipo de enfermedad, en especial, las enfermedades cardiovasculares, las vasculares y las lesiones relacionadas con dichas afecciones.
  2. El infarto de miocardio.
    ENFERMEDAD: Toda alteración involuntaria del estado de salud de un animal cuyo diagnóstico y confirmación sea efectuado por un veterinario legalmente autorizado para ejercer.
No se considerarán enfermedades a efectos de las coberturas de esta asistencia:
  1. Los accidentes, tal y como se define este concepto anteriormente.
    Las enfermedades congénitas y/o hereditarias, definidas como una anomalía en las características anatómicas o fisiológicas de cualquiera de las estructuras corporales u orgánicas del individuo, presente en el animal desde su nacimiento, y que produce una patología o alteración de la salud durante la vida del animal, incluso si la sintomatología no se evidencia desde el momento del nacimiento. tendrán la consideración de congénitas, entre otras, las anomalías siguientes: - displasia de cadera o de codo. - hemivértebra. - luxación congénita de rótula. - ectropión, entropión, alteraciones de pestañas (distiquiasis). - encantis bilateral. - testículos ectópicos, (monorquidia, criptorquidia). - elongación de paladar con o sin síndrome de braquiocefálico. - hernias umbilicales no traumáticas.
  2. Las enfermedades/defectos o malformaciones preexistentes que son las definidas como aquellas alteraciones de la salud o anomalías que existes con anterioridad al momento de la contratación de la asistencia, la cual, normalmente, ha sido percibida por signos o síntomas, independientes de que exista o no un diagnóstico veterinario al respecto.
  3. Las alteraciones de la conducta o el comportamiento.
  4. La gestación y el parto normal o eutócico.

Intervención quirúrgica: tratamiento quirúrgico realizado para paliar o resolver un accidente o enfermedad, incluyéndose en este concepto los honorarios del cirujano, los gastos de procedimientos anestésicos, el material quirúrgico y prótesis y los gastos de medicamentos utilizados durante la cirugía.
GENERALI COLOMBIA
Compañía de Seguros Generales S.A.

 

 

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