Generali Colombia
Esta sección define los límites de Coberturas en caso de Asistencia:
No tenemos limitación en tipo de raza. o Costo Preferencial
Edad mínima de ingreso 3 meses y máximo 12 años de edad.
Prima anual sin IVA $185.000, por cada mascota
Términos y condiciones se regirán de acuerdo con el clausulado establecido por la Compañía.
La Compañía asumirá el riesgo, en los términos propuestos, a partir de la hora 24 del día en que se comunique de manera escrita la aceptación de esta cotización, siempre y cuando ésta se produzca antes de la fecha y hora indicadas.
Para la expedición de las pólizas se requiere la siguiente información :A través del número telefónico del servicio que se indicara en la solicitud, el afiliado tendrá acceso a información sobre el cuidado de la mascota amparada. contando con la atención telefónica directa de un veterinario el cual orientará en las conductas provisionales que se deben asumir mientras se hace contacto profesional veterinario - mascota.
Podrá hacer las consultas necesarias sobre:
El tiempo máximo por llamada sera de 15 minutos.
En caso de accidente o enfermedad súbita de la mascota ocurrida durante la vigencia de la asistencia y que sea considerada como una urgencia, en los términos y condiciones descritos en el presente documento, el proveedor especialistas en asistencias prestara el servicio de consulta veterinaria, en domicilio y/o en red veterinaria.
Dentro de esta cobertura no se encuentra incluido ningún tratamiento, examen, medicamento, cirugía y/o procedimientos derivados del servicio.
Para acceder a esta asistencia la mascota debe estar al día en vacunas.
Además de las exclusiones mencionadas, se excluye de la cobertura denominada “servicio médico veterinario” las reclamaciones por tratamientos, exámenes, medicamentos, cirugías y/o procedimientos derivados del servicio.
la asistencia se prestará por dos (2) eventos al año con un límite de cobertura máximo de catorce (14) SMDLV.
El proveedor prestara el servicio de asistencia de vacunación a la mascota vinculada, en red veterinaria, incluyendo costo de la vacuna.
Este servicio solo aplica para vacunas de refuerzo.
Esta asistencia solo será prestada para mascotas mayores de un año y menores de nueve años y que cuenten con un carnet de vacunas al día.
Los servicios están sujetos a previa evaluación y autorización del médico veterinario del
Call center del proveedor de asistencia.
La asistencia se prestará por un (1) evento al año con un límite de cobertura máximo de ocho (8) SMDLV.
Accidente o enfermedad, y traslado de la mascota por necesidad del afiliado, se prestaran en bolsa por un máximo de dos (2) eventos al año con un límite de cobertura máximo de catorce (14) SMDLV, y se podrán utilizar en una misma cobertura o en dos diferentes coberturas, sin exceder el total de eventos al año.
Si por consecuencia de un accidente o de una enfermedad súbita se requiere traslado de emergencia para la mascota a un centro de atención; el proveedor de asistencia coordinará y hará seguimiento hasta el arribo de la unidad móvil para trasladar a la mascota. Este servicio se prestará en la ciudad de residencia de la mascota, a nivel nacional dentro del perímetro urbano de ciudades capitales.
Para acceder a esta asistencia la mascota deberá contar con carnet de vacunas al día y que la mascota no haya sido operada o intervenida quirúrgicamente los 2 últimos meses, y que la urgencia no esté relacionada con patologías preexistentes.
Si a consecuencia de una situación de fuerza mayor o caso fortuito la mascota requiera ser traslada a una guardería. el proveedor de asistencia coordinará y hará seguimiento hasta el arribo de la unidad móvil para trasladar a la mascota.
Para acceder a esta asistencia la mascota deberá contar con carnet de vacunas al día, y haber coordinado el cuidado de su mascota en la guardería de confianza, asumiendo el costo de la misma.
Este servicio se prestará en la ciudad de residencia de la mascota, a nivel nacional dentro del perímetro urbano de ciudades capitales.
Si el propietario de la mascota se encuentra hospitalizado por un periodo superior a 3 días, el proveedor de asistencia brindará y coordinará él envió hasta su domicilio de un paseador para perros por un máximo de 2 horas. hasta por 5 días.
El responsable de la mascota deberá entregar fotocopia de las vacunas e información sobre aspectos de la condición física y el temperamento del canino.
Este servicio se prestará en el lugar de residencia de la mascota, a nivel nacional dentro del perímetro urbano, en horario hábil de lunes a viernes de 8:00 am a 5:00 pm y sábados de 8:00 AM A 12:00 PM.
El servicio debe ser solicitado con un mínimo de 48 horas de anticipación.
La asistencia se prestará por dos (2) eventos al año con un límite de cobertura máximo de cinco días
REFERENCIA Y COORDINACIÓN CON CEMENTERIOS DE MASCOTAS:
El proveedor en desarrollo de la asistencia, pone a disposición de sus afiliados una red de asistencia funeraria que sera operada por un tercero, el cual asume la obligación en todo caso de suministrar y prestar los servicios que se describen y se definen en el servicio exequial para mascotas.
El proveedor no se hace responsable del servicio exequial que prestan los cementerios, toda vez que el proveedor solo se encargara de referenciar y coordinar el cementerio mas cercano que tenga convenio con la compañía. El proveedor no se hará cargo de ningún tipo de costo que genere esta asistencia. La asistencia se prestará sin limite de eventos y si límite de coberturas.
Se cubre el costo del servicio de eutanasia de la mascota, por accidente o enfermedad grave comprobada.
El proveedor realizará el pago a través de un tercero, que para efectos de esta asistencia en adelante se llamara simplemente el tercero, el cual asume la obligación de suministrar y prestar el servicio de eutanasia, siempre y cuando el propietario de la mascota haya solicitado el servicio y obtenido el visto bueno del tercero.
Esta cobertura no opera por reembolso.
Dichos servicios estarán sujetos a la normatividad legal actual, y solo serán prestados a través de la red de proveedores. en caso contrario no habrá obligación para el proveedor por los servicios tomados directamente por el afiliado.
La asistencia se prestará por un (1) evento al año con un límite de cobertura máximo de catorce (14) SMDLV.
Si la mascota muere como resultado de un accidente o enfermedad grave inesperada y comprobada el proveedor prestara servicio de cremación.
Así mismo se deja claro que esta asistencia opera únicamente cuando el afiliado ha solicitado y obtenido el visto bueno de la asistencia a través de la central telefónica autorizada por el proveedor. Se deja establecido que el servicio que prestará el proveedor a través de sus proveedores es de medio y no de resultado, y estará sujeto a las circunstancias de modo, tiempo y lugar.
EXCLUSIONES
- La mascota que tenga menos de tres (3) meses cumplidos al momento del fallecimiento o más de doce (12) años, al momento de ingresar a la asistencia.
- El fallecimiento de la mascota amparada, ocurrido durante el periodo de carencia de la asistencia.
La asistencia se prestará por un (1) evento al año con un límite de cobertura máximo de veintiun (21) SMDLV.
A petición del propietario de la mascota el proveedor gestionará la búsqueda de salones de belleza, boutiques y clínicas veterinarias cercanos a su perímetro urbano. El servicio debe ser solicitado con un mínimo de 48 horas sujeto a disponibilidad de horario.
Los costes correspondientes a los honorarios de dicho profesional, así como del desplazamiento si llegase a requerir, correrán a cargo del propietario de la mascota.
La asistencia se prestará sin limite de eventos y sin límite de cobertura
El proveedor asistencia le brindará asistencia en la localización de mascotas extraviadas. Este servicio se prestará en la localidad de residencia del propietario de la mascota, dentro del perímetro urbano.
El proveedor asistencia ayudará en la búsqueda y localización de mascotas perdidas a través de la distribución de folletos, afiches y fotografías en vía pública de la mascota. La asistencia se prestará por un (1) eventos y con un límite de cobertura máximo de dos (2) SMDLV.
A través de la línea de atención al cliente del call center del proveedor de asistencia, el propietario de la mascota tendrá acceso a información sobre adiestradores profesionales para su mascota.
La asistencia se prestará por eventos ilimitados y sin límite de cobertura.
A través de la línea de atención al cliente del call center del proveedor de asistencia, el propietario de la mascota tendrá acceso a información sobre caminatas eco-recreativas caninas para su mascota.
La asistencia se prestará por eventos ilimitados y sin límite de cobertura.
A través de la línea de atención al cliente del call center del proveedor de asistencia, el propietario de la mascota tendrá acceso a información sobre guarderías para su mascota. La asistencia se prestará por eventos ilimitados y sin límite de cobertura.
Los servicios se prestarán hasta el monto límite de cobertura.
El excedente del monto de cualquier servicio será pagado en forma inmediata por el propietario de la mascota con sus propios recursos al proveedor.
Periodo durante el cual el beneficiario tiene derecho a obtener los servicios de asistencia. comprende desde la fecha de inicio de vigencia hasta la cancelación por cualquier motivo del plan contratado.
Es el tiempo durante el cual, no tienen cobertura los hechos y/o amparos especificados en anexo correspondiente.
GESTIÓN: Es el proceso mediante el cual se obtienen, despliegan y coordinan una variedad de recursos básicos para onseguir determinados objetivos en miras de la consecución de un fin específico.
Para fines de estas condiciones generales, el territorio de colombia.- SMDLV: salario mínimo diario legal vigente, es el valor determinado por el gobierno colombiano como tal y que se encuentre vigente al momento del inicio de vigencia.
Información actualizada y fehaciente concerniente a los servicios, que es provista por el proveedor telefónicamente al afiliado a su solicitud.
SERVICIOS: Los servicios de asistencia contemplados en el programa descrito en el presente anexo.
Cada suceso que implique una emergencia, urgencia o prestación de un servicio de asistencia y por el cual un técnico, empleado, proveedor, profesional, operador del proveedor se presente ante un beneficiario para proceder a la prestación de los servicio de asistencia solicitados.
Cuando el beneficiario se encuentre ante una situación que implique una emergencia, urgencia o demanda de asistencia y responda a los términos, características y limitaciones establecidas en el presente anexo, siempre que los mismos hayan tenido lugar durante el periodo de vigencia y en el ámbito territorial de validez.
El domicilio habitual del afiliado que para los efectos del presente anexo debe ser en colombia dentro del ámbito de territorialidad definido.
ACCIDENTE: Todo acontecimiento que provoque daños materiales y/o corporales a un beneficiario, causado única y directamente por una causa externa, violenta, fortuita y evidente (excluyendo la enfermedad).
El derecho a las prestaciones se extiende a los beneficiarios que se encuentran en el casco urbano con nomenclatura de las ciudades de bogotá, d.c., medellín, cali, barranquilla, bucaramanga, pereira, manizales, armenia, cartagena, santa marta, montería, sincelejo, valledupar, cúcuta, tunja, ibagué, neiva, villavicencio, pasto, popayán, florencia, riohacha, yopal y arauca.
Servicio a cargo del afiliado con las tarifas negociadas por volumen por parte del proveedor con el prestador del servicio.
Entendido como un objeto no alimenticio que tras su ingestión ocasiona un proceso patológico con alteraciones en la estructura y/o funcionalidad digestiva, requiriendo tratamiento veterinario y/o cirugía. a efectos de la asistencia no son considerados como cuerpos extraños los tóxicos, los venenos, ni los alimentos o bebidas en mal estado. asimismo, sólo será considerada la ingestión de un cuerpo extraño cuando éste haya sido identificado de forma concluyente por un veterinario mediante pruebas diagnósticas como radiología, ecografía o laparotomía exploratoria, o evidenciado por el mismo tras su expulsión o extracción.
Intervención quirúrgica: tratamiento quirúrgico realizado para paliar o resolver un accidente o enfermedad, incluyéndose en este concepto los honorarios del cirujano, los gastos de procedimientos anestésicos, el material quirúrgico y prótesis y los gastos de medicamentos utilizados durante la cirugía.
GENERALI COLOMBIA
Compañía de Seguros Generales S.A.